Croacia: Mito y Realidad

CROACIA: MITO Y REALIDAD

C. Michael McAdams

[continuación]

Carta de los Derechos de los Serbios y Otros

Para eliminar dudas acerca del compromiso del gobierno de Croacia con los derechos humanos y excepcionales de la minoría serbia, el Parlamento croata adoptó, en su primera sesión como Estado independiente, la Carta de los Derechos de Serbios y Otras Nacionalidades en la República de Croacia, el 25 de junio de 1991. El documento señala:

"I. Una solución justa para la cuestión de los serbios y otras nacionalidades en la República de Croacia es uno de los factores importantes para la democracia, la estabilidad, la paz y el progreso económico, así como la cooperación con otros países.

II. La protección y la completa realización de los derechos de todas las nacionalidades en la República de Croacia, así como la protección de los derechos individuales, es una parte integral de la protección internacional de los derechos humanos y civiles y la protección de las nacionalidades, y como tal pertenecen al área de la cooperación internacional.

III. Los derechos de las nacionalidades y la cooperación internacional no permitirán ninguna actividad que se oponga a las regulaciones del Derecho internacional, especialmente la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de la República de Croacia como un Estado unido, indivisible, democrático y social.

IV. Todas las nacionalidades en Croacia están legalmente protegidas de aquellas actividades que podrían amenazar su existencia. Tienen el derecho a respetar y preservar su autonomía cultural.

V. Los serbios de Croacia y todas las nacionalidades tienen el derecho de participar en los cuerpos de auto-gobierno local y en los cuerpos de gobierno apropiados, así como a la seguridad para el desarrollo económico y social con el propósito de preservar su identidad para la protección de cualquier intento de asimilación. Este derecho será regulado por ley, así como la organización territorial, el auto-gobierno local y en los cuerpos de auto-gobierno local y en los cuerpos de gobierno apropiados, así como a la seguridad para el desarrollo económico y social con el propósito de preservar su identidad y para la protección de cualquier intento de asimilación. Este derecho, que será regulado por ley, así como la organización territorial, el auto-gobierno local, así como la institucionalización de cuerpos parlamentarios, que serán responsables de las relaciones entre nacionalidades.

VI. Las organizaciones que adhieran a los objetivos de su constitución y que se abocan a la protección y al desarrollo de las nacionalidades individuales, y como tales son representativas de cada nacionalidad, tienen el derecho a representar a esa nacionalidad en su conjunto y a cada individuo perteneciente a esa nacionalidad, tanto dentro de la República como a nivel internacional. Las nacionalidades individuales y sus miembros tienen el derecho, para proteger sus derechos, de dirigirse a instituciones internacionales que se abocan a la protección de derechos humanos y nacionales".

El compromiso del gobierno croata con los derechos humanos sobrepasa por mucho el de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que denominaba a los aborígenes americanos "indios salvajes despiadados", o la Constitución de los Estados Unidos, que definía a los afroamericanos como "tres- quintos de persona".

El Parlamento croata fortaleció aún más la ley el 4 de diciembre de 1991, otorgando específicamente policía, cortes y gobiernos locales a los serbios en aquellas áreas en las que constituían mayoría. Esos documentos otorgan a los serbios y a otras minorías nacionales total protección de sus derechos humanos, representación proporcional garantizada en el gobierno, el derecho al auto-gobierno y la protección de cualquier intento de asimilación forzada. Aún más, alientan a individuos y organizaciones a asegurar esas protecciones.

 

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Edición electrónica de Studia Croatica, 1998