| |
V. BOSNIA EN MONARQUIA DUALISTA (1878-1918)
Ocupación y anexión desde punto de vista del derecho internacionalLa posición político-jurídica en el caso de Bosnia tiene un doble aspecto, es decir, por un lado, en el campo internacional; por otro, en el sentido interno de la Monarquía dualista, aparece como un fenómeno especial y particular entre todos los Estados y formas componentes de la Monarquía Danubiana. Las opiniones de los juristas y políticos están muy divididas respecto a las consecuencias relacionadas con la ocupación y los convenios internacionales que han condicionado una situación jurídica un tanto extraña. Unos tratadistas (Lingg, Neumann, Listz, Lammasch, Fanchille, Schmid) consideran que Austria-Hungría, todavía en el año 1878, con la decisión del Congreso de Berlín, obtuvo todos los derechos soberanos sobre Bosnia y Hercegovina. Otros (Schneller, Spalajkovic, Vesnic, Henrich, Wurmbrand) defienden la tesis de que Austria-Hungría durante la ocupación tuvo solo un dominio administrativo, determinado y reducido por los derechos de Turquía y las obligaciones hacia otros Estados europeos. De tal manera, Bosnia y Hercegovina, jurídicamente, siguieron dentro del área de la soberanía turca. Hay otros aún que, como Jellinek, no niegan que los tratados hayan garantizado la continuidad de la soberanía del Sultán, pero estiman que este derecho de los turcos se redujo solamente a un puro nudum ius. Pero que este nudum ius tenía de verdad un significado se ve claro, puesto que fue necesario el acto de anexión en el año 1908, y si la anexión no significaba ningún cambio (el estado de anexión, efectivamente, se dio desde el día de la ocupación), no hubiera sido obligatoria su proclamación. El mandato que Austria-Hungría obtuvo para gobernar estas provinicas lo consideraban unos como condominio, pero este término no es adecuado en tal caso, porque Austria-Hungría aparece aquí, no como dos Estados, sino como un único sujeto representado por la Monarquía (29).
(nota 29) Prof. Dr. Ferdo Culinovic: Op. cit. p. 320 y E. S. (Eugen Sladovic): "La administración i situación jurídica 1878-1918", "Hrvatska Enciklopedija", T. III, pp. 156-157.Para el problema de Bosnia y Hercegovina hay que tener en cuenta que el fenómeno de formación de los nuevos estados y situaciones jurídico-políticas no se da siempre de repente y, por consiguiente, la naturaleza jurídica de la nueva situación puede ser juzgada según el curso de su continuo desarrollo. Pero, a pesar de las fijas decisiones internacionales, puede decirse que, según la intención de las partes firmantes, la ocupación por Austria-Hungría significaba de facto que Bosnia y Hercegovina quedaban en una fórmula suave, incorporadas al Imperio de los Habsburgos.
| |