DOCUMENTOS
MEMORANDUM DEL EPISCOPADO CATOLICO A TITO

Los obispos y arzobispos católicos de Yugoeslavia, reunidos en pleno del 20 al 23 de septiembre de 1960 en Zagreb, aprobaron unánimemente un memorial, dirigido al gobierno comunista de Belgrado. En los considerandos subrayan que dicho memorial fue elaborado a raíz de las sugerencias oficiales, "de las reiteradas declaraciones de las autoridades competentes yugoeslavas de que el gobierno yugoeslavo desea una pronta normalización de relaciones entre la Iglesia y el Estado", lo que redundaría en beneficio mutuo. "Por eso el Episcopado católico está dispuesto a ofrecer, por su parte, pleno apoyo a todos los esfuerzos sinceros, a fin de encontrar y realizar un modus vivendi, realmente positivo y duradero".

El Episcopado estima necesario ya en el primer párrafo "sentar un criterio principista", de modo que su actitud "no pueda entenderse e interpretarse erróneamente". Es decir, negociar en nombre de la Iglesia puede únicamente la Santa Sede. "El que detenta el poder soberano en la Iglesia Católica no es un obispo o un grupo de obispos sino la Santa Sede, o sea Su Santidad el Papa como sucesor del príncipe de los apóstoles, San Pedro el apóstol. Por consiguiente, el Episcopado católico no es competente para entablar negociaciones decisivas con el Estado sobre la normalización de las relaciones mutuas entre la Iglesia y el Estado y menos todavía concertar un acuerdo definitivo concerniente a ese problema. Por la constitución divina de la Iglesia eso compete exclusivamente a la Sede Apostólica, es decir al Santo Padre como jefe supremo visible de la Iglesia Católica en su totalidad."

Lo que puede el Episcopado es únicamente "tomar parte en la preparación de la situación", pues, "para tramitar y aún más, para llegar a un término feliz de esas negociaciones, se requieren preparativos metódicos bastante largos a fin de intercambiar puntos de vista y eliminar paulatinamente tantas diferencias y criterios opuestos".

El Episcopado, con tal objeto, "propone ciertas sugerencias en cuanto al procedimiento más apropiado que, en su opinión, propiciaría una atmósfera de confianza mutua, la que a su vez permitiría negociaciones oficiales". Eso sería factible incluso ateniéndose a la Constitución que garantiza la libertad religiosa, y a la Ley sobre la posición jurídica de las comunidades religiosas, en cuanto estos textos legales "fuesen en teoría interpretados con liberalidad y en la práctica aplicados con buena fe". Sin embargo, las autoridades no observan las leyes, "de modo que el Episcopado se ve más que obligado a señalar, mediante el memorial, esos hechos incongruentes".

A continuación, el Episcopado formula sus cargos en 18 puntos, que transcribimos en traducción textual, pues se trata de un documento conmovedor, redactado con moderación y circunspección, y que refleja más que todos los demás informes, cuan precaria y trágica es la situación de la Iglesia Católica bajo el régimen comunista de Tito.

I

"La Ley (referente a la posición jurídica de las comunidades religiosas N. de la R.) en sus arts. 6Y y 7Y prescribe expresamente que nadie puede prohibir a los ciudadanos participar de los ritos religiosos. Desgraciadamente, aaín hoy, al cabo de tantos reclamos interpuestos por los representantes eclesiásticos, hay maestros y profesores que presionan a ojos vistas sobre los alumnos para que no vayan a la iglesia y no asistan a lo ritos religiosos, amenazándoles, en caso contrario, con malas notas o con la calificación negativa de conducta u otras represalias. Esa presión a veces se extiende incluso a los padres de los alumnos, amenazándoles con cesantías, suspensión de jubilaciones o de otro beneficio legal, si siguen admitiendo que sus hijos presencien el culto religioso. Eso evidentemente contradice la Ley y el Episcopado solicita que no se permita más tales procederes por parte de las autoridades respectivas.

Luego, no obstante que la Ley se refiere con liberalidad al derecho de todos los ciudadanos de practicar su culto religioso, muchos obreros y empleados, especialmente los docentes, o no se atreven, o lo hacen sigilosamente, a visitar las iglesias, contraer matrimonio religioso o bautizar a sus hijos. Se han dado casos en que muchos docentes fueron despedidos por cumplir con sus deberes religiosos. Es evidente que esas personas viven en la convicción de que para ellos la libertad religiosa existe sólo sobre el papel y no en la práctica. La causa de tal psicosis no puede ser otra que el proceder manifiestamente ilegal de muchos jefes, quienes a menudo amenazan con represalias administrativas muy severas a sus subordinados en caso de usar del derecho legal al cumplir con sus deberes religiosos. El Episcopado señala esos hechos penosos pidiendo que se ponga enérgicamente término a tales atropellos.

Hace dos años, los obispos habían señalado en una memoria los tristes hechos ocurridos en Bacina, cerca de Ploce, en Dalmacia. Allí, los dos sacerdotes que habían acudido a la iglesia parroquial para celebrar el oficio, fueron agredidos solapadamente, maltratados y expulsados del pueblo, sin que hayan podido entrar en el templo. Eso implica una lesión palpable del principio fundamental de toda libertad religiosa. Desconocemos si se tomó alguna medida tendiente a impedir en el futuro tales agresiones físicas contra los sacerdotes.

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