CARDENAL STEPINAC: Mártir de los Derechos Humanos
M. Landercy
[continuación]
Reacción de la Santa Sede
La reacción de la Santa Sede fue inmediata. El 14 de octubre fue
divulgado un comunicado
a través de S.E. el Cardenal Marmaggi, Prefecto de la S. Congregación
del Concilio,
encargado de la supervisión del clero y del pueblo cristiano.
He aquí el
contenido: "La
acción judicial por la cual S.E. Mons. Aloysius Stepinac, Arzobispo de
Zagreb, fue arbitrariamente detenido y arrestado, y luego injustamente condenado
por Tribunal Popular
de Yugoslavia, ha causado una profunda impresión en todo el mundo
católico e incluso en la sociedad civil".
La Iglesia cuida la defensa de sus pastores, de su libertad y de su
dignidad sobre todo a
través de tres disposiciones inscriptas en su código de Derecho
Canónico, y por las cuales
prevé la excomulgación en caso de incurrir ipso facto:
- 1. Para aquellos que hacen comparecer a un Obispo ante un juez laico,
especialmente si se
trata de su propio Obispo (Canon 2341).
- 2. Para aquellos que cometieron actos de violencia contra la persona de
un Arzobispo o de
un Obispo (Canon 2343,3).
- 3. Para aquellos que entorpecen, directa o indirectamente, el ejercicio
de la jurisdicción o
del poder eclesiástico, recurriendo para lograr su objetivo a una
autoridad laica, cualquiera
que ésta fuera (Canon 2334,2).
Todas estas excomulgaciones están reservadas, simplemente o de
manera especial según el
caso, a la Santa Sede.
La S. Congregación del Concilio, que está encargada de la disciplina
del clero y del pueblo
cristiano, sin ver en los delitos de los que es cuestión ningún motivo
que pudiera disminuir
su gravedad, sino por el contrario encontrando causas de
agravamiento, particularmente
debido al hecho de la eminente dignidad de la persona ofendida
declara por la presente acta
que todos aquellos que han colaborado física o moralmente en la
consumación de los
delitos mencionados más arriba, o que han sido necesarios
colaboradores, caen bajo las
citadas excomulgaciones, a las cuales quedarán sometidos hasta que
obtengan la absolución de la Santa Sede.
Expedida en Roma el 14 de octubre de 1946 (s) F. Card. Marmaggi,
prefecto F. Roberti, secretario.
Esta acta de la Congregación del Concilio fue difundida
después del discurso pronunciado
el 6 de octubre de 1946 por S.S. Pío XII (cf. D.C. t. XLIII) y muestra claramente la
posición de la Iglesia frente al infame veredicto.
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Adriana Smajic
Glagol Press