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ESTATUTO DE POLJICA

EL PRINCIPADO DE POLJICA Y SU ESTATUTO

Bozidar Latkovic

Delitos contra el orden público y la justicia.

El Estatuto protege a la sociedad contra los funcionarios deshonestos. Así por ejemplo, contra los procuradores que no entreguen a tiempo el diezmo que han recogido (art. 12), o en el caso del pristav que comete el delito de falso testimonio. Según la ley antigua, el castigo para éste era recortarle tres costillas, lo que permitía identificarlo por su manera de caminar (inclinado a un lado por la falta de tres costillas, según lo explica un comentario). Esta pena fue cambiada por la pena pecuniaria llamada mrtva vrada (art. 67c).

Podemos incluir acá el delito de plantar un nuevo coto arbolado (gaj), o cerrar un camino antiguo y hacer uno nuevo, sin el permiso del príncipe de Poljica (art. 13). También es penado impugnar u oponerse a la decisión de la asamblea general (art. 55d), o no venir a la asamblea a la que fue convocado (supl. 2), o injuriar a otro, o agredir o empuñar el arma en la asamblea en presencia del príncipe (art. 75a- e).

El art. 88 prohibe fundar ligas o partidos que podrían provocar "algún escándalo o alguna ilegalidad o disputa". Esta prescripción nos parece muy contraria al espíritu democrático que regía en la vida pública de Poljica, pero tiene su explicación en las convulsiones políticas del país a fines del siglo XIV y comienzos del siglo XV. Se trataba de salvar la unidad y la libertad de Poljica. Por esto la severa pena contra quien cometió el delito de amenaza a la tranquilidad interna y a la convivencia de sus habitantes: la pérdida de todos sus bienes, la quema de su casa y su destierro bajo amenaza de muerte.

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Studia Croatica, Año 1995, Pág.13
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